En Tamaulipas se presentan un promedio de cuatro denuncias penales al mes por un delito relacionado con el aborto, así hasta agosto de este año ya tengo abiertas 32 carpetas de investigación después de un aborto, práctica que en la organización está penada con prisión.
El número de acusaciones formales contra la fiscalía se mantiene prácticamente igual, desde hasta el mismo período del año pasado 33 quejases decir, uno más que 2022aclara la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SENSP).
El 28 de septiembre de este año se celebra Día de la Despenalización del Abortorazón por la cual colectivos feministas de todo el estado preparan manifestaciones pacíficas para conmemorar esta fecha.
Uno de esos grupos es el equipo Mujer de manglar en Tampicocuya representante, Marta de la Cruz, indicó que en México, desde el 7 de septiembre de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dictaminado por unanimidad que este criminalizar inconstitucionalmente a las mujeres por abortar“lo que deja sin respaldo legal la penalización del aborto en todo el país”.
Señaló que esa debería ser la base legal para sacar el aborto del código penal de estados que aún no lo hacen, como es el caso de Tamaulipas.
“Sin embargo, ni el gobernador saliente ni el actual Congreso consideraron oportuno responder a nuestra demanda de despenalización y no presentaron un proyecto de ley, por lo que saldremos a las calles para recordarles este deber con las mujeres”, dijo.
El artículo 356 del Código Penal de Tamaulipas establece que el ilícito que priva a un feto de la concepción de la vida comete en cualquier momento del embarazo.
La mujer que aborte voluntariamente o consienta en abortar, será sancionada con prisión de uno a cinco años, estando facultado el juez para conmutarla a tratamiento médico integral, para lo cual sólo necesitará solicitar y aprobar al responsable.
El que cause la muerte a una mujer embarazada producto de la concepción será sancionado con prisión de cuatro a nueve años, según la gravedad del caso.
La ley estatal permite el aborto terapéutico médicamente justificado en casos de riesgo para la vida de la madre o su salud física y mental; incluso el Estado tiene la obligación de prestarle toda la atención que necesite para tales fines. También se permite cuando el embarazo es resultado de una violación.
SJHN